Condenan a periodista por difamación e injuria contra exdirectora de hospital

Encarnación, Itapúa. El periodista Freddy Rogelio Chamorro, de la localidad de María Auxiliadora, departamento de Itapúa, fue condenado tras un juicio oral y público por los hechos punibles de difamación e injuria, en una causa promovida por quien se desempeñaba como directora del Hospital de Tomás Romero Pereira al momento de los hechos denunciados.

La información fue confirmada por el abogado Isidro Salinas, representante legal de la denunciante, quien explicó que el Tribunal resolvió imponer al comunicador una pena de seis meses de privación de libertad, con suspensión a prueba.

Como parte de las condiciones establecidas por el Tribunal, Chamorro deberá realizar disculpas públicas a la víctima a través del mismo medio radial donde, según la denuncia, se habrían emitido las expresiones consideradas ofensivas. Las disculpas deberán ser difundidas durante 15 minutos diarios por un periodo de 15 días.

Denunciante habló de una campaña de desprestigio

La denunciante manifestó que recibió la resolución judicial con tranquilidad y paz, y sostuvo que su intención nunca fue impedir las críticas ni limitar el ejercicio de la libertad de expresión.

Según explicó, recurrió a la Justicia para defender su honor y dignidad frente a lo que calificó como una campaña sistemática de desprestigio. Afirmó que los cuestionamientos habrían comenzado en enero de 2024 y continuaron incluso después de que dejara sus funciones como directora del centro asistencial.

La mujer señaló además que, de acuerdo con su versión, las expresiones cuestionadas no solamente tuvieron consecuencias sobre su imagen personal, sino que también terminaron afectando a integrantes de su entorno familiar.

El abogado habló sobre los límites de la libertad de expresión

El abogado Isidro Salinas destacó que la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo cuentan con protección legal, pero sostuvo que existen límites cuando determinadas expresiones dejan de constituir una crítica y pasan a afectar derechos vinculados al honor, la intimidad o la vida privada.

Desde la representación legal de la denunciante señalaron que la condena constituye un reconocimiento a los derechos de su representada y una señal respecto a la necesidad de que el ejercicio de la libertad de expresión se mantenga dentro del marco establecido por las leyes.

El caso vuelve a instalar en el ámbito público el debate sobre el equilibrio entre libertad de expresión, ejercicio del periodismo y protección del honor, especialmente cuando las críticas, cuestionamientos o denuncias tienen como protagonistas a personas que ocupan cargos públicos o de responsabilidad institucional.

La sentencia se produce luego de un proceso judicial en el que las partes expusieron sus respectivas posiciones ante el Tribunal, que finalmente determinó la responsabilidad penal del comunicador por los hechos de difamación e injuria.