La disputa judicial por la situación ambiental del arroyo Poti’y y el funcionamiento de la red cloacal de Encarnación suma un nuevo capítulo. La Entidad Binacional Yacyretá (EBY) cuestiona la actuación de la jueza Nilda Concepción Benítez Caballero, quien entiende en el amparo promovido por la Municipalidad de Encarnación, y plantea su apartamiento del proceso por considerar que no existiría un trato equilibrado entre las partes.
La controversia se desarrolla en el marco de una acción de amparo presentada por la Municipalidad contra la EBY y la Empresa de Servicios Sanitarios del Paraguay (Essap), a raíz de los problemas detectados en el sistema de alcantarillado sanitario y su posible incidencia en la contaminación de los cauces hídricos de Encarnación y Cambyretá.
LA EBY CUESTIONA LA IMPARCIALIDAD EN EL PROCESO
Uno de los principales argumentos planteados desde la Binacional apunta a que el proceso habría perdido el carácter de urgencia propio de un amparo y que, durante la tramitación, no se habría otorgado a las partes las mismas posibilidades para presentar y producir elementos de prueba.
La institución cuestiona particularmente el tratamiento que habrían recibido determinadas diligencias solicitadas por la Municipalidad, frente a pedidos de prueba formulados por la defensa de la EBY.
Desde la entidad sostienen que no existe intención de impedir la investigación sobre el Poti’y. Por el contrario, plantean que el problema ambiental debe ser investigado de manera integral y que se debe determinar la responsabilidad de cada uno de los actores involucrados.
En ese sentido, la EBY pretende que también sean considerados otros posibles focos de contaminación, como conexiones clandestinas al sistema cloacal, vertidos irregulares y otras fuentes que podrían contribuir al deterioro de los cursos hídricos.
EL AMPARO Y LA INTERVENCIÓN DE LA JUEZA
El amparo fue presentado por la Municipalidad de Encarnación en julio de este año y quedó a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial del Cuarto Turno, encabezado por la jueza Nilda Concepción Benítez Caballero.
La magistrada dispuso una constitución judicial cautelar en las estaciones de bombeo de la red cloacal, con participación de representantes de la EBY, Essap, Municipalidad y la Coordinadora de Defensa del Poti’y.
La primera diligencia había sido suspendida luego de que la EBY planteara una excepción de incompetencia. Posteriormente, el juzgado rechazó ese planteamiento y dispuso continuar con las verificaciones.
Las inspecciones finalmente se realizaron entre el 24 y el 29 de julio.
INSPECCIÓN DETECTÓ IMPORTANTES DEFICIENCIAS
La revisión judicial de las 63 estaciones de bombeo de la red cloacal dejó al descubierto una serie de irregularidades.
De acuerdo con los resultados difundidos posteriormente, cinco estaciones estaban desmanteladas y abandonadas, 25 se encontraban fuera de funcionamiento, siete contaban con motores de menor capacidad y 24 tenían solamente un motor operativo.
La situación es relevante porque estas estaciones cumplen la función de impulsar los efluentes cloacales hacia la planta de tratamiento ubicada en el barrio Quiteria. Cuando el sistema de bombeo no funciona correctamente, el sistema de bypass puede derivar las aguas negras directamente hacia los arroyos.
La propia EBY anunció posteriormente una inversión superior a US$ 200.000 para la adquisición y reposición de equipos, con un programa que contempla 32 electrobombas.
EL ARGUMENTO DE LA EBY: “NO ES EL ÚNICO FOCO”
Pese a las deficiencias encontradas en la red, desde Yacyretá sostienen que no corresponde atribuir toda la problemática ambiental exclusivamente al funcionamiento de las estaciones de bombeo.
La Binacional señala que existen otros posibles puntos de contaminación que deberían ser incorporados a la investigación. Entre ellos menciona conexiones clandestinas y vertidos irregulares que llegan al sistema cloacal o directamente a los cauces.
La EBY sostiene que excluir estos elementos impediría obtener una fotografía completa de la situación ambiental del Poti’y.
Mediciones realizadas por instituciones académicas también detectaron presencia de coliformes fecales y cargas orgánicas en distintos puntos de los cursos hídricos de la zona. ABC Color informó que estudios realizados por la Universidad Nacional de Itapúa y la Universidad Nacional de Asunción registraron valores que superaban los estándares establecidos por la normativa ambiental.
¿POR QUÉ LA EBY QUIERE QUE LA JUEZA SE APARTE?
El planteamiento de la Binacional no apunta, según su posición, a detener el amparo ni a evitar que se investigue la contaminación.
El cuestionamiento central está relacionado con la conducción del proceso. La institución considera que determinadas actuaciones judiciales y decisiones sobre las pruebas podrían generar un desequilibrio entre las partes y afectar el derecho de defensa.
Por ello, plantea la recusación de la magistrada, buscando que otro juez pueda continuar con la tramitación del expediente.
La recusación, en términos generales, es un mecanismo procesal mediante el cual una de las partes solicita que un magistrado sea apartado cuando considera que existen circunstancias que pueden afectar su imparcialidad o independencia.
En este caso, el planteamiento de la EBY debe ser entendido como una posición de parte y no como una conclusión judicial sobre la conducta de la magistrada.
LA DISCUSIÓN TAMBIÉN TIENE UN COMPONENTE POLÍTICO
El caso Poti’y dejó de ser exclusivamente una discusión ambiental y judicial. La problemática se convirtió en uno de los temas de mayor exposición pública en Encarnación, en un contexto marcado además por el año electoral municipal.
El propio director de la EBY, Luis Benítez, cuestionó la fuerte mediatización del conflicto y sostuvo que la preocupación por el sistema cloacal ya existía antes de que el tema adquiriera la actual dimensión pública.
Desde la Municipalidad, en cambio, se sostiene que el deterioro de las estaciones y los problemas del sistema de alcantarillado requieren respuestas concretas y urgentes.
En medio de ambas posiciones, el amparo busca determinar qué medidas deben adoptarse para mitigar el impacto ambiental y garantizar el funcionamiento adecuado de la infraestructura sanitaria.
ANTECEDENTES DE LA MAGISTRADA
La jueza Nilda Concepción Benítez Caballero ya tuvo anteriormente una actuación cuestionada ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
En 2024, el rematador público Raúl Sosa Navarro presentó una acusación contra la magistrada por supuesto mal desempeño, relacionada con la suspensión de una subasta dentro de un proceso ejecutivo del Banco Río.
Sin embargo, en julio de 2026 el JEM resolvió tener por desistido al recurrente y archivar esa causa.
También existe un antecedente de 2018 en el que el JEM rechazó y archivó una denuncia contra Benítez Caballero al considerar que no existían elementos concretos que permitieran advertir mal desempeño.
Estos antecedentes no guardan relación directa con el actual amparo por el Poti’y, pero forman parte del contexto de las controversias anteriores que involucraron a la magistrada.
UN CASO QUE AHORA QUEDA EN MANOS DE LA JUSTICIA
Mientras se aguarda una definición sobre el planteamiento de recusación, la discusión principal continúa siendo la misma: determinar las causas de la contaminación del Poti’y y establecer responsabilidades concretas.
La EBY sostiene que está dispuesta a asumir las responsabilidades que correspondan, pero reclama que también sean investigados los demás posibles focos contaminantes y que todas las instituciones involucradas tengan las mismas garantías procesales.
La Municipalidad, por su parte, sostiene que el deterioro de la infraestructura cloacal constituye un problema que requiere soluciones inmediatas.
El resultado de la recusación será relevante para el futuro del amparo. Si el pedido prospera, otro magistrado deberá continuar con el proceso; si es rechazado, Benítez Caballero seguirá al frente de la causa.
Más allá de la disputa entre las partes, el desafío de fondo permanece: determinar técnicamente qué está contaminando el Poti’y, quiénes son responsables y qué medidas concretas deben ejecutarse para evitar que las aguas residuales continúen llegando a los cauces hídricos.












