MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN TRIBUTARIO PARA HABILITACIONES VEHICULARES EN MUNICIPIOS: LEY N.º 7447

En el marco del sesquicentenario de la Epopeya Nacional, fue promulgada la Ley N.º 7447 que modifica el artículo 22 de la Ley N.º 620/1976, concerniente al régimen tributario aplicado a las municipalidades de primera, segunda y tercera categorías. Esta ley redefine los costos de habilitación vehicular bajo el concepto de patente de rodados, con el objetivo de uniformar y actualizar el cálculo de tributos en función del tipo y antigüedad de los vehículos.

Nuevas Tarifas de Habilitación Vehicular

La normativa establece un esquema obligatorio para determinar los costos mínimos de habilitación vehicular, utilizando como base el jornal diario. Los vehículos se clasifican en cuatro categorías según su antigüedad: estreno (0-1 año), nuevo (1-4 años), usado (4-8 años) y muy usado (más de 8 años). Las tarifas por categoría se desglosan de la siguiente manera:

  • Motocicletas:
    • Estreno: 1 jornal diario.
    • Nuevo: 0,8 jornales diarios.
    • Usado: 0,6 jornales diarios.
    • Muy usado: 0,5 jornales diarios.
  • Automóviles:
    • Estreno: 6 jornales diarios.
    • Nuevo: 5 jornales diarios.
    • Usado: 3 jornales diarios.
    • Muy usado: 2 jornales diarios.
  • Ómnibus, camiones y maquinaria pesada:
    • Estreno: 7 jornales diarios.
    • Nuevo: 6 jornales diarios.
    • Usado: 4 jornales diarios.
    • Muy usado: 3 jornales diarios.
  • Trenes y transporte similar:
    • Estreno: 8 jornales diarios.
    • Nuevo: 7 jornales diarios.
    • Usado: 5 jornales diarios.
    • Muy usado: 3 jornales diarios.

Registro Único de Habilitación de Rodados (RUHR)

La ley también dispone la creación del Registro Único de Habilitación de Rodados (RUHR), que estará bajo la gestión de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial. Este registro busca centralizar y supervisar las habilitaciones, garantizando el cumplimiento de los nuevos parámetros.

Supervisión y Derogaciones

La Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial será la encargada de velar por el cumplimiento de esta ley. Además, se derogan todas las disposiciones que se opongan a esta normativa, incluyendo el artículo 22 de la Ley N.º 620/1976 y su modificación por la Ley N.º 135/1991.

Sanción Legislativa

La ley fue aprobada por la Honorable Cámara de Diputados el 10 de diciembre de 2024 y ratificada por el Senado el 18 de diciembre del mismo año. Finalmente, fue promulgada por el Poder Ejecutivo el 8 de enero de 2025.

Con esta modificación, se busca fortalecer la transparencia y la equidad tributaria en las municipalidades, adecuando los costos de habilitación vehicular a los estándares actuales.