Intendente Luis Yd regula el acceso al «Equipo de Transición» de Sebastián Remesowski alegando conflicto de intereses y vacíos legales

A través de la Resolución N.º 9140/2026 y la Nota N.º 15.185, la administración municipal saliente, liderada por el intendente Alfredo Luis Yd Sánchez, fijó las pautas para el procedimiento de transición administrativa de cara a la asunción de Sebastián Remesowski Squef (período 2026-2031). Si bien el Ejecutivo comunal dio vía libre al proceso de verificación e intercambio de información, excluyó a tres profesionales propuestos por la nueva administración e impuso directrices estrictas sobre el acceso a los documentos oficiales.

Incompatibilidad legal y rechazo a tres integrantes

El punto central de la resolución radica en la exclusión de tres abogados presentados en el listado original de 14 integrantes entregado por Remesowski: Salim Fernando Abud R. (designado como coordinador del equipo), Miguel Oscar Leiva y Rogelio D. Ríos Leguizamón.

Según el documento oficial, la Asesoría Jurídica municipal detectó que dichos profesionales actúan actualmente como patrocinantes o apoderados en litigios judiciales o administrativos contra la propia Municipalidad de Encarnación en causas aún no finiquitadas. Esta dualidad configura un conflicto de intereses prohibido expresamente por la Ley N.º 7089/2023 (y su modificatoria Ley N.º 7236/2024), así como por el artículo 52, inciso p, de la Ley N.º 7445/2025 «De la Función Pública y de la Carrera del Servicio Civil», que impide a los servidores o representantes manejar o patrocinar gestiones de terceros ante la institución.

Desde la Intendencia señalaron que intentaron solucionar la situación dialogando con el Abg. Salim Abud para que renunciaran a los juicios o sustituyeran a los profesionales, recibiendo como respuesta un rotundo «No va a haber modificación alguna». Ante la negativa de reconfigurar la lista, el Intendente Yd resolvió aplicar el principio de legalidad administrativa y no otorgarles el acceso a las instalaciones ni a la documentación reservada.

Habilitados y reglas de la transición

Pese a los desacuerdos, la Resolución N.º 9140/2026 autorizó el ingreso de los 11 miembros restantes del equipo de transición, entre los que figuran abogados, licenciados e ingenieros:

  • Integrantes autorizados: Abg. Francisco Ramón Zayas, Lic. Rubén Acuña Araujo, Lic. Jorge Antonio Benítez Figueredo, Licda. Lilian María Coronel Rodríguez, Licda. Eva Irene Lapierre Kokes, Lic. Vicente Eligio Nuñez Velázquez, Ing. Pablo José Leguizamón Lezcano, Abg. Claudia Ledesma Ferreira, Sr. Arturo Ruiz Díaz, Abg. Enrique Javier Terwindt Ojeda y Abg. Guillermo Ken Morales Matsuoka.

Asimismo, el Ejecutivo comunal designó a la Abg. Mariela Ester Pavón Jara, Secretaria General Interina, como el enlace institucional a cargo de coordinar la agenda, las visitas a las dependencias y la canalización de los requerimientos.

Pautas y restricciones administrativas

Para resguardar el funcionamiento normal de las oficinas y la atención al público, el municipio dispuso las siguientes normas:

  1. Horarios y modalidad: Las tareas del equipo visitante se llevarán a cabo desde el viernes 16 de octubre de 2026, en el horario de 14:00 a 17:30 horas. Los delegados deberán ingresar de a uno por dependencia y presentar su cédula de identidad junto con la copia de la resolución.
  2. Formato de consultas: Todos los requerimientos de información deberán ser formulados estrictamente por escrito y dirigidos a los directores o jefes de área, quienes responderán con celeridad.
  3. Límite de la información: Solo se tendrá acceso a expedientes e informes que tengan decisiones firmes o respecto al estado general de las dependencias. Quedan fuera del alcance del equipo los expedientes en trámite sin resolución definitiva y la información privada o reservada de los contribuyentes.

Cualquier discrepancia sobre los límites de acceso a los datos será resuelta de manera definitiva por la Asesoría Jurídica bajo los criterios de la Ley N.º 5.282/2014 de Transparencia y Libre Acceso Ciudadano a la Información Pública.