Exintendente de Jesús condenado a dos años y medio de cárcel por lesión de confianza

El exintendente de Jesús de Tavarangue, Víctor Bernardo Garay Olmedo, fue condenado a dos años y seis meses de prisión por lesión de confianza. El Tribunal de Sentencia determinó un perjuicio patrimonial de G. 129 millones a la Municipalidad y cuestionó duramente la actuación de la Fiscalía por la falta de investigación durante el proceso.

El Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos condenó de manera unánime al exintendente de Jesús de Tavarangue, Víctor Bernardo Garay Olmedo, a dos años y seis meses de prisión, tras hallarlo culpable del delito de lesión de confianza.

La sentencia fue dictada por los magistrados Elsa García, Adriana Planás y Matías Garcete, quienes establecieron que el perjuicio patrimonial comprobado para la Municipalidad asciende a G. 129.372.728, correspondiente al pago injustificado de dos cheques a Laura Bonet, en concepto de honorarios por fiscalización de obras.

Los cheques fueron emitidos los días 9 y 13 de diciembre de 2022. Según los jueces, durante el juicio oral no se presentaron elementos que justificaran dichos desembolsos.

Cuestionamientos a la investigación fiscal

Uno de los aspectos más destacados del juicio fue el cuestionamiento de los magistrados al trabajo realizado por el Ministerio Público. Los jueces señalaron que el fiscal Luis Albertini habría basado su acusación principalmente en un informe de la Contraloría General de la República, sin desarrollar una investigación propia que permitiera corroborar los hechos denunciados.

La jueza Elsa García explicó que la acusación abarcaba 11 contratos de obras municipales, que fueron analizados individualmente durante el juicio. Ante la falta de elementos suficientes, el Tribunal incorporó documentación contractual y convocó a contratistas para prestar declaración.

De acuerdo con la resolución, varios de los hechos incluidos en la acusación no pudieron ser acreditados como delitos. Entre ellos figuraban contratos de construcción, apertura de calles y otros trabajos municipales en los que se presentaron documentos de respaldo o testimonios que confirmaron la ejecución de las obras.

El Tribunal sostuvo que la Fiscalía no logró demostrar gran parte de los hechos atribuidos al exintendente y que el perjuicio finalmente comprobado fue considerablemente inferior al monto señalado en la acusación.

Fiscalía deberá investigar otros hechos

Además de la condena, los magistrados resolvieron remitir nuevamente al Ministerio Público los antecedentes relacionados con otros hechos que consideran que deben ser investigados.

Entre ellos se encuentran operaciones vinculadas a la utilización de G. 2.247 millones de fondos municipales, cuyo movimiento llamó la atención de los jueces debido a la disminución registrada en un periodo de apenas cuatro meses.

Asimismo, dispusieron la remisión de antecedentes relacionados con Sonia Brítez y Nilsa Godoy, en el marco de situaciones vinculadas a obras municipales que deberán ser examinadas por la Fiscalía.

También fueron remitidos los antecedentes del funcionario municipal Juan Zayas, por la presunta comisión de hechos de extorsión y cohecho pasivo agravado, y de Roque Ortiz, por un supuesto caso de soborno.

Durante el juicio oral, Ortiz declaró que había realizado trabajos para la Municipalidad y que, después de recibir los pagos correspondientes, Zayas le habría solicitado una parte del dinero, supuestamente en consideración a futuros proyectos. Según su testimonio, entregó casi el 50% de lo percibido. El funcionario municipal negó haber recibido esos fondos.

El Tribunal dispuso que estos hechos sean investigados por el Ministerio Público, sin que la remisión de los antecedentes implique por sí misma una declaración de culpabilidad de las personas mencionadas.

La Fiscalía había solicitado seis años de prisión

Durante sus alegatos finales, el fiscal Luis Albertini había solicitado una condena de seis años de cárcel para el exintendente, mientras que el abogado defensor Federico Hetter pidió la absolución de culpa y reproche.

Finalmente, los magistrados impusieron una pena de dos años y seis meses de prisión, al considerar probado el perjuicio patrimonial derivado de los dos cheques emitidos sin justificación.

Con esta decisión, el Tribunal dio por acreditado un daño de G. 129.372.728 a las arcas municipales, al tiempo que ordenó profundizar las investigaciones sobre otros hechos que surgieron durante el juicio.

La sentencia también deja expuestos los cuestionamientos judiciales al trabajo investigativo de la Fiscalía y la necesidad de esclarecer el destino de los fondos públicos involucrados en las operaciones examinadas.

Fuente: UH