LA CORTE SUPREMA RECHAZA RECURSO DE CASACIÓN DE LUIS YD Y RATIFICA SU IMPUTACIÓN POR PRESUNTOS DELITOS AMBIENTALES

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de casación promovido por la defensa del intendente de Encarnación, Alfredo Luis Yd Sánchez, en el marco de una causa abierta por presuntos delitos ambientales. La decisión, adoptada por los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez y Carolina Llanes, ratifica la imputación fiscal y mantiene vigente el proceso penal contra el jefe comunal.

El máximo tribunal consideró inadmisible el recurso, al entender que la resolución impugnada no tiene efecto de poner fin al procedimiento ni extinguir la acción penal. En consecuencia, la causa continuará su curso judicial hasta el eventual juicio oral.

El planteamiento de casación había sido presentado por los abogados William Amarilla y Luis Alberto Troche, en representación del intendente Yd, contra un fallo del Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala de Itapúa, del 12 de agosto de 2025. Dicho tribunal confirmó la resolución de la jueza de Garantías María Deyanira Villalba, quien en octubre de 2024 rechazó el incidente de nulidad del acta de imputación formulado por la defensa.

Con esta decisión, la Corte reafirma la validez del proceso abierto por la fiscala Angelina Arriola Funes, de la Unidad Especializada de Delitos Ambientales de Itapúa, quien ya había presentado acusación formal y pedido de juicio oral contra el intendente.

Según la investigación del Ministerio Público, el intendente Luis Yd, en su rol de administrador municipal, habría incurrido en procesamiento ilícito de desechos y omisión de medidas de mitigación ambiental, al permitir el funcionamiento del vertedero municipal sin cumplir con las normativas vigentes.

Durante un allanamiento encabezado por la fiscala Arriola, acompañada de técnicos ambientales y agentes policiales, se constató la mezcla de residuos domiciliarios, industriales y hospitalarios, sin ningún tratamiento diferenciado ni medidas de protección ambiental.

El informe fiscal detalla la ausencia de compactación del suelo, cañerías colectoras de lixiviados, chimeneas de venteo y cobertura de residuos con tierra, además de la falta de documentos habilitantes expedidos por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades).

Fuente Última Hora.