JUEZ ORDENA AL JEM ENTREGAR INFORMACIÓN SOBRE ACTUACIONES DE HERNÁN RIVAS COMO JUZGADOR

El juez Civil Walter Mendoza hizo lugar a una acción de amparo de acceso a la información pública y ordenó al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) entregar, en un plazo de 15 días hábiles, los dictámenes correspondientes a los casos en los que el ex senador Hernán Rivas participó como integrante del órgano juzgador durante sus periodos como legislador.

La acción judicial fue promovida por el abogado Federico Legal, quien había solicitado al JEM información relacionada con las actuaciones de Rivas dentro del organismo, pero no obtuvo una respuesta favorable por parte de la institución.

El pedido fue presentado el pasado 26 de abril a través del Portal Unificado de Información Pública e incluía, entre otros puntos, la entrega de copias de todos los dictámenes de los procesos en los que el entonces senador haya intervenido como juzgador.

Según explicó el abogado, la información solicitada era específica y de fácil identificación para el JEM. Sin embargo, la institución respondió que los dictámenes elaborados por la Dirección de Asesoría Jurídica no eran vinculantes y que no constituían resoluciones con efectos jurídicos dentro de los procesos.

El JEM había argumentado que dichos documentos eran únicamente asesoramientos internos y que los miembros del organismo emitían sus votos basados en criterios jurídicos propios e independientes.

Ante esta respuesta, Legal presentó un recurso de reconsideración, sosteniendo que los dictámenes forman parte de la información pública y que su acceso está vinculado con los principios de transparencia y control ciudadano sobre instituciones del Estado.

La representación legal del JEM, a cargo de los abogados Carlos Boschert y María Paz Elizeche, había solicitado el rechazo del amparo, pero el magistrado resolvió a favor del acceso a la información.

En su resolución, el juez Mendoza señaló que los documentos solicitados no están considerados como información reservada o protegida por secreto, por lo que corresponde que sean entregados al solicitante en formato físico o electrónico.

No obstante, estableció que, antes de su publicación, el JEM podrá ocultar datos personales de terceros que puedan afectar la intimidad, dignidad o imagen privada, siempre que esos datos no tengan relación directa con funciones públicas.

Con esta decisión, el órgano juzgador deberá transparentar los antecedentes y dictámenes vinculados a la participación de Hernán Rivas dentro del JEM durante sus etapas como integrante del Senado.