La Teniente Carmen Quinteros cumplirá 22 días de arresto, es decir, la mitad de su condena, para posteriormente recibir el indulto por parte del presidente de la República, Mario Abdo Benítez. La sentencia de 45 días de arresto se dictó luego que la mujer haya solicitado permiso para cumplir con su derecho a amamantar a su hijo en condiciones adecuadas.
«Tengo la autorización de comunicar que cumplida la mitad de la condena, el presidente de la República hará uso del indulto presidencial. Es un arresto simple, significa que trabaja durante la mañana y tarde. Después se va a una habitación muy presentable”, afirmó Osvaldo Almirón, Gral. de División Aeronáutica, ante diversos medios de comunicación.
La Sala Penal de la Justicia ordinaria notificó a la Teniente Quinteros que desde el martes 14 de mayo, en víspera del día de la madre, inicie el arresto que cumplirá la uniformada en la sede de la Fuerza Aérea Paraguaya de la ciudad de Luque. Sin embargo, recién cumplirá la detención una vez que la Corte Suprema Justicia envié la resolución a la Justicia Militar, lo que podría demorar varios días.
Organizaciones civiles convocan a una movilización en contra de esta condena contra la Teniente Quinteros y exigen el cumplimiento de la ley de protección a la lactancia materna. El punto de encuentro será frente al Ministerio de Defensa, sobre Mariscal López casi General Santos, desde las 17 de esta tarde.

Hasta que la sentencia quede firme y ejecutoriada la mujer continuará trabajando en la Armada Nacional. “Ella cumplirá lo que establece la ley, con respecto a la sanción, sin perjuicio de sus funciones”, manifestó Almirón.
El caso se remite al año 2017 cuando Quinteros denunció al Comando de la Armada por esta prohibición. La mujer fue sumariada y castigada en el ámbito castrense por esta acción que finalmente recaló en la Sala Penal de la Corte.

La notificación de la resolución se realizó este lunes y la defensa tiene 3 días para solicitar la aclaratoria, según informó el abogado el abogado de Quinteros, Carlos Mendoza, en comunicación con La Unión.
“Esta ya es la última instancia que tiene el procedimiento. La última cosa que se puede hacer ahora es forzar el estudio de la prescripción del caso, que está en el artículo 69, donde existen 3 momentos donde se cuenta el cómputo”, explicó.

La defensa de Quinteros, reiteró que son tres momentos los que se tiene en cuenta: primero desde que ocurrió el hecho y eso fue lo estudiado por la Corte. Quinteros presentó su escrito en el 2015/2017 y en diciembre se hizo un sumario, y ahí no transcurrieron los 45 días.
“En segundo lugar, es si comenzaste a cumplir el arresto y luego se abandonó la cárcel, entonces se vuelve a contar 45 días para que prescriba. El tercer punto del articulo 69 del Código Procesal Militar dice que se puede prescribir a partir de la fecha de la sentencia», detalló el abogado.
En ese sentido, Mendoza indicó que lo pueden hacer es aclarar que la Corte solo se basó en un cómputo, desde la fecha que se escribió hasta la fecha que inició el sumario.
“Se puede presentar un escrito solicitando una aclaratoria, específicamente en lo relacionado a la prescripción, tomando en cuenta que, según mayoría en la Corte, estudiaron solamente un acontecimiento y resolvieron que el sumario interrumpió la prescripción. Así que, al no cumplirse la pena, el plazo vuelve a comenzar”, concluyó Mendoza.