Se insta a los partidos o movimientos políticos al retiro de la propaganda electoral de la vía pública, desde el Departamento de Publicidad y Propaganda, dependiente de la Dirección de Recaudaciones del municipio encarnaceno.

Lo dispuesto es conforme a lo establecido en la Ordenanza Municipal 140/2012 Art. 6) Una vez realizadas las elecciones, los Partidos y Movimientos Políticos deberán retirar los pasacalles dentro del plazo de diez días. En caso contrario, la Municipalidad procederá a hacerlo a cuenta de los mismos, a cuyo efecto podrá exigir un depósito para efectuar el servicio.
Cabe destacar que los permisionarios serán totalmente responsables de todos los daños emergentes a la colocación de pasacalles u otros, tanto a la propiedad pública como privada.