Encarnación, 12 de noviembre de 2024 –
El fiscal Enrique Fornerón expresó su disconformidad ante la decisión judicial de otorgar medidas alternativas a la prisión preventiva para dos presuntos líderes de una organización criminal acusada de una estafa millonaria en Encarnación. En una entrevista reciente, Fornerón detalló los argumentos que respaldan la necesidad de mantener la prisión preventiva para los implicados, citando riesgo de fuga y posible obstrucción a la investigación.
Según explicó Fornerón, los acusados, Germán Caballero (alias «Pireka») y Juan Carlos Martínez Gaona, obtuvieron el beneficio de arresto domiciliario pese a no cumplir con los requisitos establecidos de arraigo. “El peligro de fuga es evidente, dado que tienen a disposición grandes sumas de dinero provenientes de actividades ilícitas, que podrían utilizar para abandonar el país”, aseguró el fiscal, añadiendo que los fondos provienen de estafas millonarias contra diversas víctimas de Encarnación y otras localidades.
Riesgo de obstrucción y amenazas
Fornerón destacó que los imputados habrían intimidado a las víctimas mediante amenazas y compartiendo imágenes de armas de fuego, lo que habría disuadido a algunas personas de realizar denuncias de inmediato. «Las víctimas sentían miedo por sus vidas, y solo confiaron en la justicia al comprobar que podían contar con nuestro apoyo», relató el fiscal. Estas amenazas, asegura, subrayan el riesgo de obstrucción a los actos investigativos si los acusados se mantienen fuera de prisión.
La polémica sobre el arraigo
El fiscal cuestionó el arraigo presentado por los acusados, señalando que estos residen en una vivienda alquilada en Cambyretá desde hace pocos meses y sin conexiones familiares o comerciales en la ciudad. Según la legislación procesal, el arraigo debe estar basado en una residencia estable, con vínculos familiares y comerciales sólidos, algo que, según Fornerón, no se cumple en este caso.
“Alquilar un local o una vivienda por pocos meses no establece un arraigo suficiente para garantizar su permanencia en la ciudad”, explicó Fornerón, aludiendo al artículo 243 del Código Procesal Penal, el cual establece los requisitos para que una persona pueda obtener arresto domiciliario.
Apelación y posibles medidas
Fornerón informó que ya presentó una apelación para anular la decisión de otorgar el arresto domiciliario, buscando que se revise la resolución del juzgado de primera instancia y se dicten medidas de seguridad adecuadas. Se espera que el tribunal de apelaciones emita una decisión en los próximos 10 días hábiles.